Quién ha quitado el impuesto al sol

Jorge Morales – Directivo de GeoAtlanter

¿Qué es el impuesto al Sol?

El impuesto al Sol son esos «peajes» que impone la Administración para subvencionar los costos de distribución y cuidado de la red eléctrica general. Esta medida o cuota se crea con el propósito de anular la deuda del Gobierno con los productores de energía que superó los pronósticos y puso a las instituciones en una situación incómoda.

Esta medida pretendía desincentivar a quienes deseaban efectuar o integrar instalaciones solares fotovoltaicas. Aparte de penalizar a quienes ahora tenían estas instalaciones solares conectadas a la red de sobra de 10kW. No aceptar un empleo razonable de la energía producida para autoconsumo eléctrico, esto es, de la energía que uno mismo crea y consume en su instalación con tarifas y peajes desmesurados.

Lugar de la ilegalidad hasta 2030

Ya que bien, tras la supresión del impuesto, la Unión Europea logró un convenio estableciendo que cualquier género de impuesto sobre las energías renovables, como el impuesto del sol, se va a ser completamente ilegal hasta 2030.

Además de esto, un elevado número de compañías se han comenzado a emplear este sistema de energías renovables, puesto que, si bien la instalación no es la mucho más económica, siempre y en todo momento ahorrará unos euros al bolsillo de la compañía. Por su parte, ha facilitado la labor de los servicios públicos eléctricos en las olas de calor del verano.

¿Quién debe abonar el impuesto al sol?

¿Quién debe abonar el impuesto al sol? – A lo largo del tiempo que estuvo en vigor, el impuesto al sol lo debían abonar esos usuarios que dispusiesen de un sistema de producción fotovoltaica en su vivienda, esto es, placas solares para autoconsumo. El impuesto al sol se aplicaba sobre 2 conceptos: Capacidad instalada: solo se aplicaba en el momento en que la instalación disponía de baterías para guardar el exceso de energía o si la capacidad de la instalación era mayor a cien kW.

  1. Este cargo se calcula multiplicando los kW generados anualmente por la cantidad en euros establecida en la normativa.
  2. Esta cantidad dependía de la franja horaria, estableciéndose tres periodos.
  3. Energía autoconsumida: se aplicó a la diferencia entre la energía producida y el excedente que se vuelca a la red general.

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